Volver a noticias
6 de octubre de 2026

Nuda propiedad y usufructo: qué significa comprar o heredar una vivienda así

<p>Es habitual encontrarse con una vivienda en la que el título de propiedad está repartido entre dos figuras distintas: el <strong>nudo propietario</strong> y el <strong>usufructuario</strong>. Ocurre sobre todo en herencias y en ventas de personas mayores que quieren liquidez sin dejar de vivir en su casa. Conviene entender bien qué puede hacer cada parte antes de comprar, vender o heredar una vivienda en esta situación.</p>

<h2>Qué es el usufructo y qué es la nuda propiedad</h2>

<p>El <strong>usufructo</strong> es el derecho a usar y disfrutar de un bien que, legalmente, es de otra persona: el usufructuario puede vivir en la vivienda o alquilarla y quedarse con la renta, pero no puede venderla como si fuera suya. La <strong>nuda propiedad</strong> es justo el reverso: el nudo propietario es dueño del inmueble en el Registro, puede vender o hipotecar ese derecho, pero no puede usar la vivienda ni cobrar su alquiler mientras dure el usufructo.</p>

<p>Cuando el usufructo se extingue —normalmente porque fallece el usufructuario, o porque se cumple el plazo o la condición pactada— la nuda propiedad se convierte automáticamente en propiedad plena, sin que haga falta ninguna nueva compraventa.</p>

<h2>Cuándo aparece esta figura</h2>

<p>Las dos situaciones más frecuentes son:</p>

<p><strong>Herencias con cónyuge viudo.</strong> El Código Civil reconoce con frecuencia al viudo o viuda el usufructo de parte de la herencia, mientras que los hijos reciben la nuda propiedad de la vivienda. Es la forma en que la ley intenta proteger al cónyuge que sigue vivo sin dejar fuera a los hijos como herederos.</p>

<p><strong>Venta de la nuda propiedad en vida.</strong> Una persona mayor que necesita dinero puede vender la nuda propiedad de su vivienda a un comprador (particular o empresa especializada) y reservarse el usufructo vitalicio: cobra el precio ahora y sigue viviendo en su casa hasta el final de sus días.</p>

<h2>Obligaciones de cada parte</h2>

<p>El usufructuario corre con los gastos ordinarios de mantener la vivienda: comunidad, IBI y pequeñas reparaciones del día a día. El nudo propietario, en cambio, suele asumir las reparaciones extraordinarias (por ejemplo, un cambio de tejado o de instalaciones) y conserva la obligación de responder de cargas como una hipoteca previa sobre el inmueble. Estas reglas generales pueden matizarse en el testamento o en el contrato de compraventa, así que conviene revisar siempre el documento concreto.</p>

<h2>Qué mirar si compras una nuda propiedad o un usufructo</h2>

<p>Antes de comprar una nuda propiedad conviene pedir una nota simple actualizada en el Registro de la Propiedad para comprobar cómo está inscrito el usufructo (vitalicio o temporal, a favor de quién) y si la vivienda tiene cargas. También es recomendable valorar la edad del usufructuario, ya que el precio de la nuda propiedad suele calcularse en función de la esperanza de vida estadística: cuanto más joven sea el usufructuario, menor suele ser el porcentaje que se paga por la nuda propiedad frente al valor total de la vivienda.</p>

<h2>En resumen</h2>

<p>Nuda propiedad y usufructo son dos derechos distintos sobre el mismo inmueble que, juntos, forman la propiedad plena. Es una figura muy habitual en herencias y cada vez más utilizada por personas mayores que buscan liquidez sin dejar su vivienda. Si compras, vendes o heredas en esta situación, conviene revisar bien el Registro y, ante cualquier duda sobre el reparto de gastos o la duración del usufructo, consultar con un notario o abogado antes de firmar.</p>